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Base Legal


  • La Constitución política del Perú
  • Ley Universitaria N° 30220, Capítulo X; Artículos N° 105, 106 y 107.
  • Resolución del Consejo Directivo No 006-2015-SUNEDU/CD. Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano.
  • Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano SUNEDU (2015)- Condiciones Básicas de Calidad – Condiciona VII: Existencia de mecanismos de mediación e inserción laboral (Bolsa de Trabajo u otros).
  • SINEACE (2016). SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD EDUCATIVA. (ANEXO 1). Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria. Dimensión 12 –Estándar 34.
  • Estatuto UNALM 2015, Subcapítulo I-6; Articulo 12-inciso j). Subcapítulo II-12; Articulo 35- numeral 15. Subcapítulo II-16; Artículo N° 50- inciso e) y declarativa de Seguimiento del egresado como Sistema.
  • Reglamento UNALM 2017, Capítulo I; Artículo N° 70 –inciso i). Capítulo IX; Artículo N° 436.
  • Reglamento de Organización y Funciones UNALM, Capítulo V; Articulo 80. Articulo 81 – inciso k)
  • Ley N· 27815- Ley del Código de ética de la Función Pública.
  • SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 010-2020-MINEDU. El peruano NORMAS LEGALES. TUPA. 2020. OTORGAMIENTO DE LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL. Número 2 del procedimiento. Requisitos: número 78-83.