Retiro de Cursos


Resolución No.0279-2016 UNALM

 Retiro parcial de cursos  via intranet 

Art. 2.-  El estudiante puede realizar hasta seis (6) retiros de diferentes cursos durante toda su carrera, no se puede retirar dos (2) veces de un mismo curso    
Art: 3  a).- El estudiante puede retirarse de uno o varios cursos dentro de las CUATRO semanas de iiniciadas las clases 
           b).- El estudiante puede retirase sólo una vez del mismo curso
           c).- El estudiante no puede retirarse de un curso dirigido
 
Retiro total de cursos en forma regular ( Retiro de Ciclo)   vía intranet
           a).- El estudiante puede cogerse a esta forma de retiro hasta el último día de clases 
                  Será posible solo dos (2) veces durante toda su carrera profesional
           b).- El estudiante realiza el retiro total de cursos en forma regular, a través de la INTRANET de la Oficina de estudios y Registros Académicos (OERA)
            c).- Este retiro total de cursos en forma regular solo procede después del pago respectivo, que será aprobadeo por el Consejo Universitario y revisado periódicamente: El pago por el plan inicial será de S/ 148.00 ( ciento cuarenta y ocoho soles)

Retiro total de cursos en forma excepcional
        a).- El estudiante puede acogerse a este retiro solo en casos excepcionales que sean fehacientamente probados dentro de los plazos especificados en el procedimiento
         b).- Este retiro es aceptado con justificación exclusivamente por los siguientes motivos:
                (i) El estudiante ha tenido graves problemas de salud o accidente que le han significado un descanso médico mínimo de 15 días calendario 
                (ii) El  fallecimiento del padre, madre o hijos (con documentación justificatoria verificada)

           c).- El estudiante presenta la solicitud de retiro total de cursos en forma excepcional a la OBU(CENTRO MEDICO), adjuntando los documentos que justifiquen o sustenten el pedido (el certificado médico validado por el centro médico o la partida de defunción) con fecha limite no mayor a quince días (15) calendario,  contados a partir del último día de entrega de actas del semestre académico en refrencia.

  

Formato Retiro Excepcional